Alfonso Marquina: Si declaran inconstitucional reforma de Ley del BCV serían nulas todas las decisiones de 2014


Caracas, 31 de marzo de 2016.- El presidente de la Comisión Permanente de Finanzas, diputado Alfonso Marquina (Unidad-Lara) dijo que si el gobierno remite la recién aprobada reforma de Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) a la Sala Constitucional y si ésta instancia la declara inconstitucional, a su vez, se estarían declarando nulas todas las actuaciones tomadas por el máximo ente emisor durante el año 2014.

Al explicar este racionamiento, el parlamentario del Bloque de la Unidad informó que el texto de la citada reforma es “la copia al carbón”, de lo que era en el 2014.

“Hay que recordar que el presidente Maduro con su Habilitante aprobó una modificación  antes de finalizar el 2015 y nosotros lo que hicimos fue restituir algunos controles que se habían eliminado en la ley, pero es exacta, copia fiel a la Ley con la que actuaba el ente emisor”, explicó Marquina.

El parlamentario dijo que no le sorprende que la Sala Constitucional actúe como lo ha hecho con casi todas las leyes que ha sancionado el Poder Legislativo, “pero de ser así -además nuestro trabajo fue cumplir exactamente con lo que estipula la Constitución Nacional. Estarían decretando la inconstitucionalidad de la Constitución”, indicó el parlamentario.

“Nosotros en esa ley – insistió – lo que hicimos fue recoger textualmente lo establecido en la Carta Magna y sus disposiciones. Por ejemplo, cuando hablamos de las designaciones en la disposición cuarta, numeral 8, se estipula este procedimiento. El presidente de la República designa al director del BCV, pero la Asamblea lo autoriza, es un proceso conjunto que requiere del concurso de los dos poderes públicos”, explicó Marquina.

Asimismo dijo que en la reforma se incluyó lo previsto en los artículos 318, 319 y 320 en cuanto a la obligatoriedad de rendir cuentas, de publicar las variables macroeconómicas. “Declararlo inconstitucional sería un tremendo error del TSJ, porque insisto, estarían decretando la inconstitucionalidad de la Constitución”.

Expresó que algunos diputados maduristas aseguran que lo que quiere la oposición es colocar banqueros en el BCV, lo que a su juicio es una locura, pues quien designa al director y parte del directorio es el Jefe de Estado.

“No creo que el mismo gobierno ponga a un banquero en este directorio”, precisó el presidente de la Comisión Permanente de Finanzas no sin antes indicar que no tiene dudas que la Ley quedará firme y a partir de ese momento la Asamblea Nacional comenzará a cumplir con su función contralora evitando que siga financiando el gasto público, y por el contrario, preserve el valor de la moneda y controlar la inflación.

A pesar de este escenario, el diputado Marquina afirmó que la reforma de Ley del BCV se va a publicar así sea en la Gaceta de la Asamblea Nacional.

“Eso es una competencia contemplada en el artículo 216 de la Constitución, que la junta directiva promulgarla y ordenar su promulgación”, dijo el parlamentario.

En cuanto al lapso que esperarán para tomar la decisión, sostuvo que el artículo 214 establece 15 días continuos para que la Sala dicte un fallo. “Ya  está a punto de fenecer el lapso porque Maduro la mandó el 17 de este mes, debemos esperar”, dijo.

Fueron eliminadas funciones del BCV

Por su parte, el diputado del Bloque del Cambio, diputado Ricardo Sanguino (GPP-Táchira), confirmó que la normativa fue remitida a la Sala Constitucional del TSJ, admitiendo que si bien es cierto que la Comisión restituyó algunos aspectos de lo que estaba en la Ley del BCV, también eliminan los mecanismos de colaboración entre instituciones y poderes.

Sanguino también considera que se elimina la posibilidad que el ente emisor apoye actividades productivas estratégicas cumpliendo con una serie de requisitos. “Hubo una discusión académica sobre la autonomía del Banco, pero la Constitución establece colaboración entre poderes. Por ello el BCV puede y debe colaborar con el Ejecutivo para el financiamiento de actividades productivas estratégicas”, explicó Sanguino.

Al sentenciar que se debe acatar la decisión de la Sala, reiteró que es falso que la Asamblea Nacional pueda, cuando las normativas han sido remitidas al TSJ, publicarlas en gacetillas y se convierta en Ley de la República.

“Las decisiones de la Sala Constitucional son inapelables”, precisó Sanguino.

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